El pasado 17 de abril, el programa Panorama dio a conocer presuntas irregularidades en el manejo de fondos públicos en las operaciones militares que se realizan en el VRAEM, ello sobre la base de cierta documentación a la que tuvo acceso el equipo de investigación del citado dominical. (Ver reportaje (aquí).
Según los denunciados, el delito que se les atribuye es nada menos que el de traición a la patria, empero, el Ministerio de Defensa en su Comunicado N° 002-2016-MINDEF aclaró que la denuncia no sería por traición a la patria sino por revelar secretos de Estado, pues el argumento que se esgrime es que los documentos que sirvieron de base para el reportaje, tenían un sello que decía “SECRETO”
Creo que resulta ocioso el enfrascarnos en discusiones estériles sobre si el delito denunciado es el que señaló Rosana Cueva y su equipo o el que precisa el MINDEF; pues lo que resulta gravitante y que en realidad debe llamar nuestra atención, es el hecho que la Procuradora de este ministerio haya solicitado que se aplique una pena privativa de libertad de hasta 15 años contra un grupo de periodistas, cuyo pecado ha sido poner al descubierto presuntas irregularidades del fuero castrense que sí podrían generar un riesgo en los operativos en el VRAEM.
Al margen de lo argumentado, la denuncia ya fue interpuesta y corresponde que el Ministerio Público sea quien decida si formaliza o no acusación por el delito imputado y, de ser el caso, el Poder Judicial será el que determine si existe o no responsabilidad penal, sin embargo, confío que en estos fueros prime el sentido común y esta ridícula denuncia no prospere, pues la justicia no debe ser usada como herramienta para silenciar a la prensa o satisfacer instintos primarios, peor aún si no podrían sustentar que los denunciados revelaron secretos de Estado.
Como corolario, debo señalar que esta última aseveración la sustento, entre otras, en las siguientes razones: 1) Un representante autorizado por el MINDEF brindó extensas declaraciones a Panorama sobre el contenido de la documentación supuestamente clasificada. Resulta obvio que un alto mando del Ejército no podría brindar declaraciones (y menos a un medio de comunicación) si realmente se tratase de información secreta como se pretende sustentar en la denuncia de marras. 2) Para que un documento se clasifique como confidencial, no basta que se le coloque un sello que diga “Secreto”. Lo correcto es seguir ciertos protocolos específicos como los que regula la Ley N° 27806 y que al parecer no se habrían cumplido en este caso. 3) La misma Ley N° 27806 establece que en el ámbito militar se considera información reservada o secreta aquella cuya revelación originaría riesgo para la integridad territorial y/o subsistencia del sistema democrático. Bajo la premisa de lo que señala la norma en cuestión, resulta un despropósito el sustento del MINDEF, toda vez que el hecho de evidenciar presuntos actos de corrupción de ninguna manera pone en riesgo la integridad del territorio u operaciones de inteligencia y además busca fortalecer el sistema democrático. 4) En el hipotético que la documentación a la que tuvo acceso Panorama hubiese estado clasificada como secreta, debemos recordar que el artículo 15-C de la Ley N° 27806 establece que los funcionarios que custodian tal información tienen la obligación que ella no sea divulgada (en este caso el MINDEF) y, en el supuesto que ello ocurra la responsabilidad (incluida la penal) recae sobre el funcionario que permitió su difusión.
Finalmente, reitero mi solidaridad con los periodistas y trabajadores de Panorama, quienes han sido denunciados arbitrariamente por ejercer su profesión y cumplir con el credo de todo periodista: “Buscar la verdad en razón del derecho del pueblo a conocerla, sean cuales fueren las consecuencias para sí mismo”.
Castigando a quien busca la verdad
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8:19:00
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